Incapacidad laboral/ despido improcedente

Buenas tardes!
Noté un dolor muy agudo al levantarme para hablar con mi coordinadora de servicio el pasado jueves 11 de Mayo. Cómo mi antigüedad en la empresa es desde el 1 de Febrero (aunque con contrato indefinido), no fui al médico hasta el día 16 (por miedo a que me despidieran). Fui a la mutua y el dolor tan grande que sentía no era por causa de una rotura fibrilar (era una trombosis en la pierna izquierda). Me remitieron a la Dra. De Cabecera para que me diera la baja (soy teleoperadora desde hace 10 años) porque dicen que eso es contingencia común y no profesional... El caso es que me han dado de baja en la seguridad social a fecha 17 de Mayo y no me han enviado burofax de notificación, ni nada parecido.
Qué debo hacer?
Mañana tengo que volver a por el parte de confirmación de la baja. La llevo a la empresa?
Debo denunciar en a la Tesorería general de la seguridad social?
Muchísimas gracias, saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Ignacio Casas

Abogado de León especializado en Derecho del Trabajo

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Buenas tardes,

en primer lugar le recomiendo que lleve el parte de baja a la empresa. Si se negasen a recogerlo sería conveniente dejar constancia mediante testigos o enviarlo de manera certificada con acuse de recibo, mediante burofax. En el aspecto de la baja de en la SS proceda a presentar papeleta de conciliación por despido en el menos plazo de tiempo posible.
En cuanto a los hechos y la determinación de contingencia (profesional o común) requiere un estudio más detallado.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Joaquín García Abogados

Joaquín García Abogados

Abogado de San Andrés del Rabanedo

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Estimada Sra., lleve usted el parte de baja médica a la empresa, y si no se lo quieren recoger, remítalo vía burofax. Al mismo tiempo le recomendaría que acudiera a la Inspección de Trabajo para formular denuncia por los hechos, y que procediera a reclamar el despido mediante la oportuna papeleta de conciliación.

Saludos.

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Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
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Buenos días,
Tu caso es lo que se denomina "despido tácito"; es decir, la empresa realiza un hecho concluyente de finalizar al darte de baja en la Seguridad social, y se puede considerar como despido.
Consulta un abogado para que te ayude en la reclamación.
Un saludo.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Desde el despido acontecido tiene un plazo de 20 días hábiles para impugna el mismo. No obstante le recomendamos que la demanda sea realizada por un profesional.
Quedamos a su completa disposición para asesorarle en lo que precise.

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Asesoría laboral Jaén Rosario Paredes

Asesoría laboral Jaén Rosario Paredes

Abogado de Jaén especializado en Derecho Laboral

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Buenos dias

Debe demandar por despido, plazo 20 dias.

Es urgente, mi consejo es que ni se lo piense

Un saludo

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