Incompatibilidades con pensión orfandad

Buenas tardes,
espero que sea claro realizando las preguntas.

Yo tengo una pensión por orfandad completa. Por lo tanto, no puedo tener ingresos iguales o superiores al SMI.

La cosa es, si yo constituyo una S.L.U., recibo un beneficio de un trabajo, y seguidamente ese mismo dinero (beneficio), lo presto a un particular/amigo, mediante un contrato de préstamo sin intereses, ese "beneficio" inicial ya no cuenta como ingresos de mi parte, ¿verdad? por lo que no se cancelaría la pensión al no tener ingresos en mi cuenta.

De ser negativa la respuesta, me gustaría que me aconsejarais sobre alguna forma de poder facturar, y que no me cancelen la prestación.

También otra pregunta, a modo de intentar no volver a molestar: Puedo, al igual que con la pensión por cotización, retirar todo el monto de "dinero" que me queda por recibir?

Muchas gracias por su atención,
llevo tiempo buscando solución pero parece que nadie tiene respuesta.

Muchas gracias, un saludo!

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Buenas tardes

En principio, los artículos 224 y 225 de la Ley General de la Seguridad Social son claros en el sentido de que la incompatibilidad es con rentas del trabajo, no por rentas procedentes de participaciones en fondos propios de otras entidades, que tienen un tratamiento fiscal diferente. Por tanto, entiendo que según dichos artículos las rentas que no sean del trabajo son compatibles con la pensión.

De todos modos, esta opinión es solo una orientación, ya que la respuesta final dependerá de consultar el caso concreto a la Seguridad Social y obtener su criterio por escrito.

Lo mismo vale para el crédito, ya que el dinero invertido procede de rentas que no son del trabajo.

En su caso mi recomendación es hacer la consulta por escrito a la Seguridad Social para que quede constancia efectiva de esa compatibilidad.

Si desea ayuda para dicha gestión y para un estudio más en profundidad, quedo a su disposición.

Ignacio Tomás
Abogado

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