Joranda laboral por encima de lo que marca el convenio
Abogado Laboralista y de Familia en Leganés RUZBI ABOGADOS
Abogado de Leganés especializado en Derecho Laboral
Buenos días,
El convenio colectivo estipula una serie de condiciones que mejoran las que vengan establecidas por Ley, pero eso no impide que luego las partes, a través del contrato de trabajo, puedan mejorar aun mas esas condiciones.
Por tanto, es completamente legal que en un contrato de trabajo, las partes alcancen acuerdos que no vengan contemplados en los convenios colectivos de aplicación, siempre que, sean mas beneficiosas para el trabajador.
Si el hecho de trabajar 40 horas semanales, a usted le representa un salario acorde a ese horario, no hay ninguna ilegalidad en ello.
Quedo a su disposición para un asesoramiento personalizado de sus condiciones laborales, por lo que, si usted desea, puede ponerse en contacto conmigo sin compromiso.
Un saludo