¿Me pueden realizar varios embargos a la vez en la misma nómina?

Tengo cuatro prestamos impagados

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ABOGADO RECLAMACION DEUDA BILBAO LAU Abogados

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Abogado de Bilbao especializado en Reclamaciones de Impagados

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Buenos días.

En relación con su pregunta, decirle que el embargo máximo que un acreedor puede realizar en su nómina es el fijado por la ley como Salario Mínimo Interprofesional, que para el año 2016 se ha fijado en 655,20 euros mensuales y 21,84 euros diarios.

Si su nómina excede de estas cantidades, los embargos se realizarán conforme a diferentes porcentajes fijados por la ley. Sin embargo, los embargos simultáneos en una misma nómina no están permitidos. El segundo acreedor deberá esperar a que el primero haya satisfecho su crédito para que pueda ejercitar su derecho.

Un saludo.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Siempre que no superen esos embargos lo establecido legalmente, sí. Es decir, siempre que a Vd. le quede, como mínimo, una cantidad equivalente al SMI para vivir, pueden embargar.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Conforme con el criterio de mis dos compañeros que reitero para evitar duplicarlo, saludos cordiales.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Reitero el criterio de mis compañeros.

Un saludo

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