Mi convenio es el de tele-marketing, ahora contactcenter;
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Para poder contestar con rigor, es necesario conocer si el convenio que refiere es de empresa o el sectorial.
En el caso de que este afecta al convenio nacional, le informo de que sí tendría derecho al cobro del plus de idioma en vacaciones.
Respecto a la situación de baja, se percibe en función de la base de cotización, por lo que también, de algún modo, computaría el cobro del citado plus.
Sobre el plus multiskill, su supresión individual podría afectar a derechos adquiridos y por tanto ser reclamable su abono y restitución.
Le sugiero concierte cita para valorar su posible acción de reclamación en la que nuestro despacho profesional tiene solida experiencia.
Saludos
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
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La prestación de la baja se mide por el salario bruto del mes anterior. En cuanto a las vacaciones, ha de abonarse atendiendo a que se abona por su condición y no por el trabajo realizado.
En cuanto al otro complemento salarial habría que estar a lo que disponga su contrato de trabajo o pacto firmado con posterioridad. En caso de no existir, se puede reclamar el abono del mismo mensualmente mientras dure la relación laboral.