¿Qué pena puede corresponder a mi pareja por falsificar su nómina en tiendas de compras?

Mi pareja falsificó su nómina, osea, modificó la nómina para que le concedieran la compra a plazos de artículos en algún establecimiento. Del lugar llamaron a la policía y en ese momento la detuvieron. De momento han ido a declarar las dos personas que estaban en el stand de finanzas de la empresa. El lunes tenemos que ir a declarar ante el juez de instrucción mi pareja y yo, porque como yo estaba en el lugar de los hechos, me han imputado. En principio el juicio es por falsedad de documento privado y no por estafa que solicitaban los denunciantes. El problema es que el fiscal ha hecho indagaciones y al parecer ha habido 4 empresas financieras que se han presentado ya que también le dieron tarjetas de crédito de su establecimiento.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo que tienen que hacer antes de prestar declaración es hablar con un abogado que, después de conocer los antecedentes de su caso, les asesore y asista el día de la declaración. De esa declaración dependerá fundamentalmente que se mantenga la imputación o no contra usted, si bien es más que seguro que seguirá contra su pareja y en un principio también es probable que contra usted, aunque más adelante pueda ser sobreseída la causa en su caso. Hablar de penas y de calificaciones sin conocer el alcance de lo actuado es hablar por no callar, ya que la única referencia que se puede dar es la que resulta del Código Penal. En todo caso, si los hechos no están de su lado, es recomendable siempre una negociación con la Fiscalía, algo sobre lo que ya les informará su letrado.

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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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Buenos dias :
Indicar que los Delitos de falsedad en documento privado estan regulados en el art. 395 CP y estafa, en el 248 CP. Y según reiterada jurisprudencia la falsedad queda subsumida en el delito de estafa al ser el medio para generar el engaño y conseguir el propósito defradautorio. (TS Sentencia de 10-Noviembre -06). El fiscal no va desencaminado. La pena por estafa o falsedad ira en funcion del numero de actos delictivos ,si estos se acumular. Podrían condenarle a un delito de estafa o a cuatro, depende de la acumulación de actuaciones delictivas. Me remito a lo precepcuado en el Codigo Penal articulos 390 y ss, asi como 250.
Atentamente

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MIREN ALMAZÁN RODRIGO

MIREN ALMAZÁN RODRIGO

Abogado de Logroño especializado en Derecho Penal

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Buenas tardes:

Ruego contacten con un abogado y revise el caso antes de que usted hagan la declaración. Se trata de un asunto en el que puede haber pena de prisión y no se pueda sustituir, pues, generalmente, las falsedades documentales suelen ir unidad a las estafas y apropiaciones indebidas y se debe de analizar con suma delicadeza el tipo del ilícito cometido.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Debe ponerse en contacto con un abogado de inmediato que le asista en la tramitación del procedimiento.

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