¿Qué pensión me puede quedar por enfermedad con 53 años?
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Extranjería Barcelona - Murcia Advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
VER PERFIL
Contestado
Buenos días.
Si disponemos de suficiente documentación médica para justificar la realidad de dicha enfermedad, se podria iniciar el proceso de solicitar una invalidez, y preveer la posibilidad que ante su denegación ( Mª Empleo y Seg. Social ) ir a la vía judicial.
Atentamente
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado