Persona con contrato de obra y servicio que antes era autónomo ¿tiene derecho a prestación por desempleo?

Una persona con un contrato de obra y servicio que ha durado 6 meses, previamente era autónomo (dependiente) durante 5 años. ¿Tiene derecho a prestación por desempleo? ¿De qué duración?

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Abogado Laboral Pozuelo de Alarcón - David Arias Fernandez

Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Derecho de la Seguridad Social

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Buenas tardes,
La norma general es que para cobrar el paro es necesario tener acumulados 360 días de cotizaciones sin consumir en los últimos 6 años.
No obstante, existe un subsidio para aquellos trabajadores que han perdido el empleo y aún teniendo cotizaciones, no llegan al año. Se conoce como “subsidio por insuficiencia de cotización”, aunque oficialmente se denomina “subsidio por pérdida de empleo”.
Es una ayuda de 426 euros/mes, que se cobra en función del tiempo que se ha cotizado y de si la persona desempleada tiene o no responsabilidades familiares (hijos o cónyuge a su cargo).
Las cotizaciones que tiene acumuladas en ese momento el trabajador se utilizan para poder cobrar esta ayuda, de modo que el “contador de cotizaciones” se pone a cero, pero a cambio se recibe un subsidio. Hay que hacer números, por lo tanto, y ver si interesa cobrar este subsidio, consumiendo las cotizaciones, o bien no pedirlo y esperar a tener un año de cotización acumulada y entonces pedir la prestación contributiva.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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CW Abogados

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Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos

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Buenos dias, le recomiendo que eche un vistazo en la pagina web del SPEE que le indico abajo para comprobar que reune los requisitos. En principio, tendra derecho a cobrar un subsidio por desempleo.

Por otra parte, tambien, podria interponer una reclamacion judicial para lograr una indemnizacion equivalente al despido improcedente, ya que con mucha frecuencia los contratos de obra y servicio se celebran en fraude de ley. Dispone de 20 dias desde el fin de la relacion laboral.

Puede ponerse en contacto con nosotros en el botón verde de abajo.

Saludos.

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Buenos días. Habría que conocer varios detalles al respecto. Primero si era autónomo en la misma empresa, o es algo independiente. En cuanto al contrato habría que liquidar por la duración de los seis meses, pero para poder ayudarle mas a fondo necesitamos conocer mas datos. Si lo desea oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en mi despacho. Reciba un cordial saludo.

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