¿Puede evitarse el desahucio precario si la persona habitó y reformó completamente el lugar?

Quería saber qué derechos puede tener una persona a la que le solicitan un desahucio en precario. Se trata de la hija de la propietaria de una vivienda familiar que lleva 18 años residiendo allí y que ha reformado totalmente la vivienda (antes era garaje). Aparece reflejada en sentencia de divorcio. De ella que era su vivienda habitual con sus hijos y asumió una deuda de la propietaria (su madre) en dicho divorcio. Quiero saber si tiene derecho a pedir indemnización por todo lo invertido allí, aunque después de tanto tiempo residiendo allí por desgracia no se poseen facturas de lo invertido. Se contaría con testimonios que corroborarían que dicha vivienda no fue cedida de forma temporal y lo invertido (el padre y el ex-marido).

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AOH MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES

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Mediador de Madrid especializado en Derecho de Sociedades

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Su pregunta tiene información para mi confusa y por ello tal vez la respuesta no sea precisa. Habría que ver que pone en la sentencia de divorcio.
A mi juicio tal vez podría defenderse la existencia de un usufructo y oponerse al desahucio dado el tiempo y la posibilidad de hacer obras etc... A mi entender no tiene derecho a indemnización por las cantidades invertidas.
Pero habría que ver la sentencia y saber exactamente en base a que se quedo en el inmueble tanto tiempo. Le recomiendo vivamente que acuda a un procedimiento de mediación para resolver este asunto y llegar a un acuerdo le podemos recomendar buenos profesionales es un procedimiento nuevo. En el que el mediador les ayudará a alcanzar un acuerdo y sin mayor deterioro de la relación. A veces las relaciones jurídicas son tan rígidas que no permiten hablar de temas importantes que facilitan el acuerdo, y que a los abogados no les suele preocupar pues no son útiles para el pleito. Espero la respuesta le sea útil. Le ruego la valore pues nos ayuda a mejorar

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Mediador
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Abogado Derecho Civil Vigo Angeles Fernández Berceruelo
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En principio el precario consiste en que el propietario de un bien te deja usarlo sin percibir contraprestación alguna y por ello, en el momento en que es su voluntad recuperarlo puede hacerlo, con la simple manifestación de su cambio de voluntad. En todo caso, si se pagan recibos o si se han sufragado recibos correspondientes al bien cedido, o consta que se dejó por un plazo determinado o con una finalidad concreta, la situación desde el punto de vista jurídico cambia mucho, pues podríamos estar ante un arrendamiento (aunque fuera verbal) o ante un comodato.

En todo caso con los datos que Vd. hace constar en su consulta no puedo darle una opinión más precisa, pues para ello, dada la complejidad jurídica de la consulta, sería necesario un conocimiento mucho más profundo de todas las circunstancias y un examen completo de la documentación. Por ello, estoy a su disposición en mi despacho profesional, solicitando cita previa.

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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenos días.

En mi opinión debe oponerse a la demanda de desahucio aduciendo que no estaba en precario, sino que en concepto de arrendamiento en virtud de un acuerdo verbal.

Tenga en cuenta que si no se opone en plazo a la demanda de desahucio se expedirá una resolución firme de desahucio contra la cual no cabrá recurso alguno, y ya no tendrá solución.

En cuanto a las obras realizadas, claro que puede pedir que la indemnice, en caso de desahucio, pero si no hay facturas habría que acreditar el estado anterior de la vivienda, las mejoras realizadas, y el valor actual de las mismas mediante una prueba pericial.

Le sugiero que contacte con un profesional a la mayor brevedad. En nuestro despacho estamos a su disposición para hacerle un presupuesto sin compromiso.

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ABOGADOS BEGOÑA SABORIDO

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Abogado de Vilagarcía de Arousa especializado en Derecho de Familia

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Buenos días:
En estos casos se podría tasar las reformas realizadas mediante un informe pericial, e imagino que alguna factura puede aparecer.
Los testigos también servirían para acreditar las reformas realizadas y que antes era garaje.
Si tiene cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros y darnos más datos para poder facilitarle una respuesta más concisa en su caso.
Saludos cordiales,

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