¿Puede ser legítima esta reclamación?

Buenos días.

Me pongo en contacto con ustedes en relación a una consulta legal.
Les explico la situación con el objetivo de saber si me pueden ayudar:

El día 23 de Diciembre una asesoría jurídica con sede en Madrid se pone en contacto con nosotros preguntando por una persona fallecida hace 8 años.
Se pusieron en contacto con nosotros en relación a una deuda que debió el fallecido (de un préstamo que pidió).
Nos dijeron que esta deuda era de una entidad financiera, y que un comprador la compró hace 2 años y que ahora nos la reclama.
Nos dijeron que, en caso de no hacernos cargo de la deuda en una semana (que sería un acuerdo amistoso) recurrirían a los métodos jurídicos correspondientes y que la deuda podría ascender al doble de la cantidad.

Dicen que, la deuda recaería a los herederos del fallecido y, si no se llega a un acuerdo amistoso, procederían a embargar las cuentas bancarias de los herederos.

Cabe destacar que solamente nos llamaron, no tenemos ninguna prueba física (una carta, por ejemplo), ya que dicen que las cartas las mandaron a direcciones las cuáles ya no residimos allí (pero fueron residencia del ya fallecido).

Nosotros en ningún momento de la conversación facilitamos datos y, al llamarnos, buscamos información de la asesoría jurídicay vimos que era una estafa. No obstante, estamos bastante asustados y estamos perdidos, no sabemos qué es lo que tenemos hacer y si todo esto es legítimo o no.

No tenemos ninguna prueba física para que ustedes la puedan tener en consideración (ya que, como les comento, las direcciones en las cuáles se enviaron las supuestas notificaciones son antiguas), entonces, me gustaría que me respondiesen a este correo y, saber también los precios de una consulta física con un abogado, así como, en relación de la consulta, si podría ser todo esto legítimo o no.

Muchísimas gracias.

Salutaciones cordiales.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Recobro de Impagado Granollers - AC Legal
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Hola

Ante todo y a la vista de lo que exponen, es muy posible que se trate de una estafa. En primer lugar, tengan en cuenta que todos los derechos prescriben con el paso del tiempo, y que no cualquier tipo de reclamación, interrumpe el cómputo de dicho plazo de prescripción. En segundo lugar, y tratándose de una deuda adquirida por un tercero, deberían poder acreditarla debidamente (presupuesto firmado por el fallecido, factura con detalle del concepto de la misma, etc.). Es decir, debe justificarse adecuadamente la existencia y vencimiento de la deuda. Y por otra parte, ante la cuantía del importe de la deuda, es posible que la reclamación judicial, no se interponga nunca.

Por todo ello, mi consejo es que esperen a que les llegue la demanda judicial, y solamente en ese momento, a la vista de la documentación que acredite la deuda y que ésta no ha prescrito, llegar a un acuerdo, o pagar. Tengan en cuenta que el importe de los gastos judiciales no puede exceder del 30% de la deuda, por lo que en este caso, creo que les compensa esperar.

Si tienen dudas o quieren comentarlo, pueden contactar con nosotros.

Saludos y feliz año nuevo!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Les informamos que lamentablemente últimamente nos estamos encontrando con muchos casos de estafa tal y como lo usted nos cuenta. No podemos asegurarle que sea una estafa, pero si que si les reclaman algún tipo de importe por una deuda contraída deben reclamársela por escrito mediante el envío de un burofax con los documentos que acrediten la deuda. Si no se lo acreditan, les recomendamos que no abonen ninguna cantidad, si se tratara de una estafa perderían el dinero. Para pagar siempre están a tiempo.
Si desean más información pueden contactar con nuestro despacho. Saludos cordiales.¡Feliz Año Nuevo!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,

La reclamación que les hacen veo bastante remoto que prospere pues es probable que la deuda esté prescrita. Si además no existe tal deuda y se trata de un intento de estafa, con más razón. Yo lo que haría es requerir por escrito para que les justifiquen la deuda y en función de su respuesta, proceder.
Una visita física en nuestro despacho cuesta cuarenta euros.
Un cordial saludo.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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No le presten atención, así no se actúa profesionalmente, en primer lugar porque tienen que creer lo que dicen, y no hay prueba alguna ni referencia a la entidad.

Si hubiera habido una novación del contrato de préstamo, por compra, se lo deberían de haber notificado.

Y, por último, seguramente está prescrito.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

Abogado de Olesa de Montserrat

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No tiene obligación de pagar si no ha aceptado la herencia precio consulta 50 EUROS

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