¿Pueden embargarme si tengo una pensión?

Soy pensionista y tenía un embargo por la seguridad social y hoy me mandan una carta que por vía judicial me van a embargar. ¿Es legal?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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La Seguridad Social puede tratar de embargarle todo lo que pille y si sólo tiene una pensión pueden embargarle la cuantía de la pensión que supere los límites legalmente establecidos. Ahora bien, las pensiones se ingresan en cuentas y las cuentas son embargadas habitualmente, por lo que si este es su caso, que lo será, al final se le embarga la pensión por encima del límite que probablemente no puede ser embargado, confundiéndose por la Seguridad Social el medio de pago de la pensión (la cuenta en la que se ingresa) con el saldo disponible por encima del mínimo de subsistencia (pensión por debajo del salario mínimo), por lo que tendrá que impugnar dicho embargo por improcedente aportando los medios de prueba necesarios para sustentar su postura y que acrediten, en definitiva, que el único ingreso que tiene en su cuenta es el de la pensión (certificación bancaria preferentemente o copia de libreta con movimientos), ya que el embargo del saldo de su cuenta debe limitarse solamente a las cantidades que no procedan del ingreso de su pensión (la cual necesita para vivir). Asimismo, le recomendamos que busque el asesoramiento de un abogado.

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Buenos días, hay que partir que del cumplimiento de sus obligaciones responde el deudor con todos sus bines presentes y futuros. Así mismo los salarios , sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional , se embargan conforme a una escala. Actualmente el salario mínimo interprofesional es de 648,60 en 14 pagas.
Un cordial saludo.

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CRISTINA GARCIA CASTELL ABOGADA EXPERTA EN DIVORCIOS DE CIUDAD REAL
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pues depende que donde proceda el embargo y de la cuantía de la pensión . si es embargo por pensión alimenticia en favor de hijos si se puede embargar y si no es por este motivo , tiene unas limitaciones que establece la ley Civil,
Para cualquier consulta contacte conmigo .

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ABOGADO PUERTOLLANO DE MANUEL ABOGADOS
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Buenas tardes,
Como bien comenta el compañero, pueden embargarle sus bienes presentes y futuros. Así mismo, de la pensión que usted comenta, pueden embargarle todo lo que supere al salario mínimo interprofesional, otra cosa es que no se supere. Si bien estos hechos han podido evitarse.

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CRISTINA GARCIA CASTELL ABOGADA EXPERTA EN DIVORCIOS DE CIUDAD REAL
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habrá que saber de donde proviene el embargo .... si quiere se puede poner en contacto conmigo.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Sí pueden embargarle con los límites que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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