¿Puedo dejar por testamento mi herencia a un menor de edad?
Si usted falleciere, y puesto que su hijo es menor de edad, éste heredarías sus tienes, que serían administrados por la tutora del niño (imagino que su esposa). Esta solo puede gastar dicho dinero en el niño, de hecho ha de rendir cuentas anualmente ante el Juzgado de familia, puesto que incluso aceptar su herencia, requerirá autorización judicial, así como cualquier gasto más allá de los gastos ordinarios del menor ( por ejemplo, una estancia en el extranjero).
Somos expertos en estas cuestiones, y lo mejor es redactar un testamento muy específico, y designar un contador o albacea, que debiera ser alguien de su estricta confianza. Pero no olvide que es un menor de edad, y la administración de sus bienes la ostentan sus padres. Puede poner las cautelas que quiera, y obligará a la madre a solicitar autorización judicial para cualquier gasto que supere los 300 euros, por ejemplo.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días, su hijo sería heredero forzoso, de tal forma que si en el momento de su fallecimiento su hijo fuera menor de edad y en previsión de que los dos padres fallezcan antes de llegar a su mayoría de edad cabe nombrar tutor para aquéllos, que habitualmente será un familiar cercano.
También sería posible además de la opción del tutor, la designación de un albacea, o un administrador que no requiere ningún formalismo especial, basta con mencionarlos en el testamento sin que los nombrados estén presentes, aunque obviamente es muy interesante que lo conozcan y estén conformes, para que no renuncien después.
Noelia Padrino
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes, sí puede hacerlo porque su hijo siempre será heredero suyo obligatoriamente, pero si quiere puede hacerlo de manera que el dinero quede sin tocar hasta que alcance la mayoría de edad o en casos concretos si lo solicitase antes, siempre nombrando un albacea para evitar que administre el dinero la madre del menor y que luego el niño no tenga toda la herencia al ser mayor de edad. Quedo a su disposición, un saludo.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si puede hacer lo que dice, si bien tiene que valorar las diferentes alternativas posibles para que sea realmente efectiva la opción, ya que puede nombrar a quien desee como administrador o albacea, pero si no aceptan el cargo o han fallecidos previamente no servirá de mucho ese nombramiento, de ahí la necesidad de valorar antes de hacer nada lo que se puede hacer con un abogado.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
La solución para que la madre no tenga acceso a los bienes que pudiera recibir su hijo por herencia de usted, es nombrar un Administrador de dichos bienes en su testamento.
Si desea cualquier aclaración póngase en contacto con el despacho, ya que he sido oficial de Notaria, durante mas de 40 años y es un tema en el que le puedo asesorar.
Un cordial saludo
GÁLVEZ ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
La figura de nombrar otro heredero con la obligación de realizar un legado (abonarle la cantidad que usted tenga) a favor de su hijo es la mejor forma. Es conveniente que igualmente se nombre administrador de sus bienes a la misma persona.
Puede ponerse en contacto con nosotros para realizar dicho trámite.
Saludos
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Si puede. Su consulta es relativamente frecuente. El tramite seria hacer testamento y puede nombrar un administrador de los bienes de su hijo mientras sea menor de edad.
Espero ser de ayuda.