¿Puedo reclamar ayuda a la Seguridad Social al tener a una persona dependiente de 74 años afectada de ictus?
Abogado divorcios Pozuelo de Alarcón Salzmann Abogados
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Derecho Civil General
Buenos días, supongo que usted no tiene tramitado ninguna declaración sobre dependencia respecto de su marido.
En este caso, para recibir ayudas del Estado, concretamente es la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos lo primero que debe hacer es tramitar un expediente de Dependencia respecto de su marido en el cual también se podrá recoger la situación de edad de usted En este expediente se tiene en cuenta la situación financiera.
Obtenida la declaración de dependencia, en función del % concedido hay unas ayudas de carácter económico, asistencia en domicilio, etc... Esta declaración también repercute en la Renta.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Dado lo que usted aduce, su problema, presuntamente entraría dentro del ámbito de la Ley de Dependencia, por ello le sugiero que se ponga en manos de la Asistente Social de su distrito, para ver todas las posibilidades de ayuda, y para que le asesore adecuadamente en relación con los derechos que le corresponden, a la vista de las circunstancias concurrentes.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
usted tiene derecho a una ayuda por el cuidado de un familiar siempre que pueda justificar esta situación y los ingresos que actualmente percibe. Puede contactar con este despacho para mayor asesoramiento y siempre puede valorar la respuesta facilitada. Un saludo