Con respecto a la respuesta que me enviaron:
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Mejor respuesta según autor
Si lee bien la respuesta le he comunicado que NO se puede realizar la reagrupación familiar, y le aclaro que es por que son mayores de edad.
Le he dicho, que si estuvieran en su país de origen pues se podría realizar un permiso de trabajo, siempre y cuando la empresa u ofertante laboral cumplieran unas condiciones.
Y si no se quieren mover de España entonces si que tienen que esperarse 3 años de empadronamiento para hacer una arraigo social con precontrato de trabajo.
Cualquier consulta es mejor que se ponga en contacto con nosotros para acudir al despacho
Gracias
Daniel Santos
Abogado
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
No sé a que respuesta se refiere. Solo puede "reagrupar" a sus hijos mayores de 21 años si usted es español/a y entran en el régimen de familiar de ciudadanos UE
Abogado de extranjería Prat de Llobregat Guillermo Duran
Abogado de Prat de Llobregat especializado en Derecho Internacional
No, si usted tiene medios económicos no es necesario. Le pedirán acreditar los mismos, y convivencia conjunta.