Residencia familiar comunitario

Hola, inicie mi tramite de residencia de familiar comunitario (mi esposa es española) en agosto, y me respondieron en septiembre comentándome que solo hacia falta la inscripción del matrimonio ya que nos casamos en Venezuela, introduje una petición de prorroga ya que faltaban unos días por entregármela en Venezuela, durante el tiempo de prorroga mi caso fue archivado, luego de tener la inscripción de matrimonio, la introduje con una pequeña explicación de lo que estaba enviando y el porque y me cambio el 7 de octubre a vía de recurso, ya estoy por cumplir los 3 meses de plazo de respuesta y en la oficina me dicen que no va a estar en el plazo y que va pasar a desestimada y mi tramite es hacia negativo, pero que es por la cantidad de tramites que tienen, que ellos siguen trabajando sobre los expedientes así estén desestimadas y mas porque mi casi no debería dar negativo, mi pregunta es si esto es así? Y cuanto tiempo podría tardar esperando? Realicé mi tramite en la oficina de Oviedo en Asturias

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Abogado de extranjería Prat de Llobregat Guillermo Duran
Contestado

Buenos días.,

Lo que le digan de forma oral, es eso, una mera manifestación de forma oral. Lo que sirve es el expediente. En realidad, lo que le ha pasado, es así, se requiere una inscripción del matrimonio en un registro civil español, ya sea consular o en España. Si usted se casó, en Venezuela, y lo registró en un registro civil venezolano, este matrimonio no tendría efectos en España, hasta que fuese convalidado aquí, y este es un proceso largo, y que se demora mucho en el tiempo, y que de ser ese su caso, le diría que su recurso no va a prosperar. Por el contrario, si registró su matrimonio en una delegación diplomática española en Venezuela, se puede solicitar un certificado literal de matrimonio al Registro Central, situado en Madrid, a través de gestoría para agilizar el trámite, y en una semana, se tiene el certificado literal de matrimonio español, que es el ÚNICO válido para certificar un matrimonio.

Pero el matrimonio o pareja de hecho, que usted podría proceder, mediante matrimonio o pareja de hecho en España, y bajo la legislación y autoridades españolas, no es la única forma para conseguir una residencia comunitaria. Existe una figura reciente que es la pareja estable, por la cual, sin ninguna formalidad, y si acredita una relación con un ciudadano comunitario, por un periodo mínimo de un año, por los medios de prueba admitidos en derecho, preferentemente públicos, o tienen un hijo en común, puede optar a la residencia comunitaria.

En cuanto al recurso, se suelen demorar, hasta medio año incluso. Sino lo ve claro, puede iniciar un nuevo expediente, sin esperar a su resolución.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado