Retención de sobrante de operación de préstamo personal.
INMACULADA ALCARAZ RIAÑO
Abogado de Albacete especializado en Responsabilidad Civil
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Esa retención no es legal ni obedece a ninguna razón aparente, salvo que en el contrato haya alguna cláusula.
Saludos cordiales.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
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Entiendo que dicha retención no debe ser practicada.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si se pactó esa posibilidad, ese modo de proceder tendría cobertura legal, por lo que revise la letra pequeña del contrato y,en caso que no se haya pactado nada, reclame y, si no le hacen caso, busque un abogado.
Todo depende de lo que usted firmara, si firmo que el sobrante se lo quedara el banco no hay nada que hacer, tendríamos que estudiar la documentación.
Un saludo.
No lo es. Podría reclamárselo al banco.