Si rescato mi plan de pensiones ¿me lo pueden embargar?

Hola. Si rescato mi plan de pensiones en forma de renta mensual inferior al SMI ¿me lo podrían embargar ?
Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Buenos días,
Los derechos consolidados en un plan de pensiones no podrán ser objeto de embargo hasta el momento en que se cause el derecho a la prestación o en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración.
Es decir que en el mismo momento en que los fondos estén disponibles para la persona que los necesita, podrían ser embargados.
Habría que estudiar su caso y saber de la resolución judicial.
Un cordial saludo

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JIONOS ABOGADOS

JIONOS ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho de la Circulación

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Buenos días :Si usted tiene una resolución judicial y le debe dinero a un particular o al Estado,le pueden embargar en proporción a la renta mensual que tenga i a la totalidad del deposito en cuenta corriente de que disponga. con los pocos datos que usted no da no puedo precisarse más,

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Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
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Estimado usuario,

Los planes de pensiones no son prestaciones públicas ni salario, por lo que no se aplica limitar alguno.

Solo el hecho de que no sea necesario para tu subsistencia.

Saludos

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Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
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Estimado usuario,

Los planes de pensiones no son prestaciones públicas ni salario, por lo que no se aplica limitar alguno.

Solo el hecho de que no sea necesario para tu subsistencia.

Saludos

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Sí pueden ser amargados ya que no tienen la consideración de salario. Si lo desea podemos estudiar su caso para asesorarle.

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