¿Solo hipotecas sobre viviendas?

Buenas tardes: Tuvimos dos empresas pesqueras en la familia entre los años 1986 y 2009. Hubo varias hipotecas : hipotecas navales, y algunas sobre viviendas y locales que se tuvieron que hacer debido a dificultades económicas. Ninguna fue la típica hipoteca que se solicita para adquirir una vivienda habitual ¿ todas ellas serían susceptibles de reclamación o en qué casos? Sé que existían cláusulas suelo en varios de ellas . Todas están ya canceladas desde hace años .Gracias por su respuesta.

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Abogado de Lugo especializado en Proceso Judicial

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Buenos días,
La reciente sentencia del Tribunal Justicia de la Unión Europea sólo avala la devolución íntegra de las cantidades cuando al hipoteca se contrate por un consumidor para la adquisición de una vivienda. Si las hipotecas fueron concertadas por las empresas de la familia no es posible la reclamación con base a la devolución de las cuotas satisfechas de más por la aplicación de la cláusula suelo, ya que esta en principio es legal, sólo es nula cuando se empela con consumidores de forma no transparente. En mi criterio, la cancelación de la hipoteca no veda la posibilidad de solicitar la devolución de lo satisfecho de más, siempre que, como se ha referido, fuesen hipotecas contratadas por particulares para un bien de uso particular. Espero haberle aclarado la cuestión. No dude en contactar con el despacho para cualquier otra aclaración. Un saludo, Paula Pumariño.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Si la hipoteca está cancelada, nada puede hacer sobre el particular dado que los procedimientos se basan en la nulidad de la estipulación de la clausula suelo y la reclamación de los intereses indebidamente cobrados al declarar la nulidad.

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