¿Tengo responsabilidad sobre la actitud de mi inquilino?

Tengo un piso alquilado desde hace 2 años y medio a la misma inquilina estudiante. Desde los 2-3 meses de estar en él, se nos quejó de que la vecina de arriba le molestaba con los ruidos, nuestra contestación fue que si no estaba a gusto que se cambiase de casa pero que nosotros no íbamos a llamar la atención de la vecina.

Desde entonces no he tenido ninguna comunicación de ella sobre este tema, pero la vecina se queja de que le pica al timbre continuamente y que le pica con la escoba durante el día.

En las actas de la comunidad no hay referencia a que mi inquilina esté realizando actos que interfieran en dicha comunidad, he hablado con el administrador de la finca hace 2 meses y me ha dicho que no tenía queja sobre ella (salvo que mi inquilina se fue a quejar de que la vecina le colgaba la ropa hacia sus ventanas, lo cual es cierto porque yo lo viví durante 10 años y en nuestro ayuntamiento eso no está permitido). Sin embargo hay otra vecina que insiste en que les hace la vida imposible.
¿Tengo que hacer algo? ¿Tengo que llamar la atención a mi inquilino? ¿Cómo demuestro quién dice la verdad?
En principio considero que es la palabra de una contra la otra pues no hay ninguna denuncia en ningún lado.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: En estos casos, antes de acudir a vías legales lo idóneo es que hable con su inquilina y con su vecina con el fin de llegar a una solución dialogada al problema. En caso contrario dependería de la postura que usted quiera adoptar, si cree que su inquilina se excede en su comportamiento podría resolverle el contrato; en sentido contrario, si estima que la vecina no tiene razón, podría solicitar una acción de cesación de su comportamiento. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado