Por que teniendo mas de 15 años cotizados, no tengo derecho a mi pensión.
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Buenos días,
La información que tiene es correcta. La carencia general es de 15 años mínimos de cotización, pero existe una carencia específica que es de dos ños cotizados dentro de los 15 año inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación. Sin estos requisitos no es posible su jubilación.
No es posible "comprar" la pensión pagando los dos años de cotización. Solo podrá acceder a la pensión si cotiza los dos años que le faltan de carencia específica. Si cotiza 18 meses, tiene derecho a 6 meses de desempleo, con lo que habría conseguido los dos años de cotización que le faltan.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
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Se puede tramitar un "convenio especial" con la Tesorería General de la Seguridad Social,
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