Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE)

Hace cinco años que trabajo como colaborador en una publicación semanal sobre ciencia y tecnología. Soy autónomo pero el 100% de mis ingresos provienen de esta revista, para la que trabajo 5 días a la semana durante más de ocho horas diarias escribiendo artículos y realizando tareas de edición y maquetación. Ellos no me quieren hacer un contrato de trabajo porque dicen que no tienen suficientes beneficios. Creo que cumplo los requisitos para ser Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente pero en ningún momento lo hemos hablado con la empresa. Si lo reclamo, ¿Tengo derecho a recibir los beneficios de este régimen directamente (vacaciones remuneradas, etc.) o debe haber un previo acuerdo entre la empresa y el autónomo?

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Abogado Granada - SILVIA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

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Contestado

Hola, soy Silvia Fernández Abogada de Granada, en relación con su pregunta le indico que para formalizar un contrato como TRADE deberá comunicárselo fehacientemente a la empresa, si transcurrido 1 mes la empresa se niega a la formalización del contrato , el trabajador autónomo podrá solicitar el reconocimiento como TRADE ante el Juzgado de lo Social.
Un trabajdor TRADE tendrá derecho a una interrupción de su actividad anual de 18 días hábiles (vacaciones), sin perjuicio de que dicho régimen pueda ser mejorado mediante contrato entre las partes o mediante acuerdos de interés profesional,además tendrá derecho a desempleo .Estoy a su disposición en el número de teléfono 627101130, por si necesita que le redacte el contrato o llevar este asunto ante los tribunales.Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado