¿Pueden restringirme servicios por deber cuota de administración?

Por motivos personales hace diez meses no he podido pagar puntualmente la cuota de administracion, estaba subsistiendo con mis ahorros, ya hace 20 días comenzó de nuevo a laborar y hoy me entregan una carta en el cual en la unidad donde vivo me restringen algunos servicios como: servicio de piscina y turco, servicio de gimnasio, préstamo del salón social, parqueadero de visitantes y los servicios de domicilios no podrán ingresar a la unidad, mi pregunta es, no van en contra de la ley? ¿Es propicio que hagan esas cosas? ¿Que opinión me pueden dar? Muchas gracias por la colaboración oportuna

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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Lo habitual es que el impago de las cuotas comunitarias comporten que no tenga derecho a voto en las reuniones que se celebren en la comunidad. Si le han privado de poder entrar en las zonas comunitarias, para saber si esto lo pueden hacer le aconsejo que consulte las normas de régimen interno u otras que se hayan podido pactar por la comunidad, para ver si señalan algo al respecto; en caso contrario tendría que pedir explicaciones por lo que están haciendo. Un saludo

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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Si un propietario lleva retraso en el pago de las cuotas comunitarias puede ser privado del voto en la Junta General, y se le puede reclamar la deuda por la vía judicial. Pero no se le puede privar del uso de los servicios comunes. Y en todo caso esas decisiones deben tomarse por acuerdo de la Junta General.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

Como comenta el compañero, se le puede privar del drecho de voto en las juntas hasta que se ponga al día, pero no impedire entrar a servicios comunes.

Saludos

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