Mi marido tiene deudas por un negocio que tiene ¿me pueden embargar a mí?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Le pueden embargar por una deuda ganancial si están en gananciales, por lo que si quiere que eso no pase respecto de las deudas futuras del negocio tienen que plantearse pactar el régimen de separación de bienes, ya que no es muy cara la operación y les puede evitar un embargo futuro por deudas del negocio. Ahora bien, si le embargan por las deudas actuales tendrán que respetar los límites que establece la Ley, por lo que de lo que gane nunca le podrán tocar lo que no supere el salario mínimo y del resto sólo la cantidad que resulte de aplicar los porcentajes que fija la Ley.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Al estar casada en régimen de gananciales, sí que le pueden embargar su sueldo, en la cuantía que sobrepase el Salario Mínimo Interprofesional, conforme a la escala establecida en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En mi opinión sería aconsejable que fueran a un Notario e hicieran capitulaciones matrimoniales, al objeto de que su sueldo sea inembargable en su totalidad.
Abogado Cláusula Suelo Málaga APLEX ABOGADOS
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Si le pueden embargar el salario por deudas gananciales pero respetando la escala que establece la Lec. Es inembargable el primer salario mínimo ínter profesional (aproximadamente 645 euros). Hasta el segundo, es decir los siguientes 645 euros puede embargarse un 30 por ciento y así sucesivamente. Es decir, si usted gana 1000 euros le podrán embargar el 30 por ciento de 355 euros.
ABOGADO DERECHO INFORMATICO MALAGA ENRIQUE JURADO GRANA
Abogado de Málaga especializado en Derecho Civil General
depende de cuales sea esas deudas, pero en principio y sin tener más información si podrían hacerlo, aunque solamente en un determinado porcentaje sobre el Salario Mínimo Interprofesional.
Un saludo.
Hola, lo que exceda del salario mínimo interprofesional, sí le podrán embargar un porcentaje, ya que está en régimen de gananciales.
Un saludo y gracias.