Mi marido tiene deudas por un negocio que tiene ¿me pueden embargar a mí?

Hola.
Mi pregunta es la siguiente. Actualmente estoy trabajando, me acaban de contratar y asegurarme. ¿Me pueden embargar mi nómina, por las deudas que tiene mi marido? Estamos en régimen de gananciales.
Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Le pueden embargar por una deuda ganancial si están en gananciales, por lo que si quiere que eso no pase respecto de las deudas futuras del negocio tienen que plantearse pactar el régimen de separación de bienes, ya que no es muy cara la operación y les puede evitar un embargo futuro por deudas del negocio. Ahora bien, si le embargan por las deudas actuales tendrán que respetar los límites que establece la Ley, por lo que de lo que gane nunca le podrán tocar lo que no supere el salario mínimo y del resto sólo la cantidad que resulte de aplicar los porcentajes que fija la Ley.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Al estar casada en régimen de gananciales, sí que le pueden embargar su sueldo, en la cuantía que sobrepase el Salario Mínimo Interprofesional, conforme a la escala establecida en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En mi opinión sería aconsejable que fueran a un Notario e hicieran capitulaciones matrimoniales, al objeto de que su sueldo sea inembargable en su totalidad.

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Si le pueden embargar el salario por deudas gananciales pero respetando la escala que establece la Lec. Es inembargable el primer salario mínimo ínter profesional (aproximadamente 645 euros). Hasta el segundo, es decir los siguientes 645 euros puede embargarse un 30 por ciento y así sucesivamente. Es decir, si usted gana 1000 euros le podrán embargar el 30 por ciento de 355 euros.

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depende de cuales sea esas deudas, pero en principio y sin tener más información si podrían hacerlo, aunque solamente en un determinado porcentaje sobre el Salario Mínimo Interprofesional.

Un saludo.

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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, lo que exceda del salario mínimo interprofesional, sí le podrán embargar un porcentaje, ya que está en régimen de gananciales.

Un saludo y gracias.

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