¿Puedo ponerle los apellidos sin el consentimiento del padre despues de un año?
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Contestado
Buenas tardes,
Evidentemente en las cuestiones jurídicas nunca se puede decir "si o si", y menos sin ver en detalle la prueba de la que se dispone, etc. En cualquier caso si se acredita que efectivamente es el padre se le inscribirá como tal en los correspondientes registros.
Si quiere una respuesta más detallada, a la luz de los datos de los que se dispone, no dude en ponerse en contacto con nosotros,
Un saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ABOGADO ACOSO ESCOLAR MALLORCA Miguel López Bortón
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Responsabilidad Civil
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Con las pertinentes pruebas si que podría pedirlo, otra cosa es lo que digan en los juzgados, pero no habría mayor problema.
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