Uso vivienda familiar en caso de divorcio NO amistoso
La guardia y custodia no tiene una fórmula legalmente establecida, si no que hay tantas formas de llevarla a cabo como casos se planteen. En el asunto que nos comenta nosotras veríamos factible que para el caso de una guarda y custodia compartida que la titularidad de la vivienda quedara igual, el uso quedara asignado a los hijos y que fueran los progenitores los que fueran rotando según los periodos establecidos de guarda de cada uno de ellos. Pero esto que se plantea en caso de que no haya mutuo acuerdo, va a depender de las circunstancias de la familia y como un juez valore la situación y los intereses de los menores. Si quiere contactar con nuestro despacho profesional puede hacerlo linkando en nuestro logo o enviándonos un correo electrónico a ruizballesteros@icab.cat.
El uso de la vivienda, independientemente de quien sea el propietario, el juez lo suele otorgar teniendo en cuenta el interés más necesitado de protección y este es el del hijo menor de edad y el cónyuge con cuyo compañía queda el menor. La hipoteca se satisfará a partes iguales por ambos cónyuges. Todo ello salvo que ambos cónyuges no lleguen a suscribir un Convenio Regulador que regule las relaciones para con su hijo y demás medidas
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
Efectivamente, el juez determina que la vivienda sea para el hijo y el cónyuge en cuya compañía quede siempre, dice el código civil, que su interés fuere el más necesitado de protección. Por tanto, es indiferente de quién sea la vivienda. Un cordial saludo. Amando Gómez.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
En los casos de divorcio, el uso de la vivienda familiar se atribuye al cónyuge más necesitado, y deberá ser el Juez quie en su caso, y a falta de acuerdo entre los cínyuges, decida sibre este extremo.