Asistencia Jurídica en Accidentes de Tráfico

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Asistencia Jurídica en Accidentes de Tráfico

 

Si considera que usted no ha sido el culpable del accidente y que la responsabilidad del mismo recae sobre el conductor del otro vehículo, aparte del plazo de 7 días para dar parte del mismo a su compañía de seguros,  tendrá un plazo de 6 meses para interponer la pertinente denuncia penal, si así correspondiese.

 

Si esta denuncia penal fuese archivada porque se considerase que los hechos denunciados no son constitutivos de delito o falta, Ud. dispondrá de un plazo de 1 año para interponer la reclamación en vía civil; este plazo comienza a contar desde que concluye la vía penal.

 

En cualquier caso, lo más prudente y aconsejable es, que, cuanto antes, ponga su caso en manos de un Abogado, quien le asesorará sobre qué cantidad debe reclamar por los daños sufridos, la procedencia de iniciar o no acciones judiciales, la viabilidad de interponer una denuncia penal contra la persona que Ud. considera responsable del accidente, así como todas aquellas cuestiones que puedan estar vinculadas con el caso concreto del accidente acaecido.

 

En el caso de iniciar acciones judiciales, la compañía aseguradora deberá hacerse cargo de los gastos de Abogado elegido por usted (dentro de los límites contenidos en su Póliza) si, al contratar el seguro y como suele suceder, usted suscribió la cobertura de “Defensa Jurídica”.

 

 

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