Cláusula suelo. Devolución dinero pagado. Girona

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Devolución dinero pagado por aplicación de " cláusula suelo".

¿Qué se requiere para reclamar la devolución de las cantidades pagadas a la entidad de crédito para haber me aplicado la cláusula suelo?

Se requiere:

• Que en el préstamo o crédito garantizado con hipoteca inmobiliaria a tipo de interés variable tenga "cláusula suelo".

• Que se haya firmado entre una entidad de crédito ( prestador) y un(a) consumidor(a) persona física.

• Que la "cláusula suelo" sea nula. La "cláusula suelo" es nula cuando es abusiva. Se considera que la cláusula es abusiva cuando su contenido no ha sido negociado individualmente entre el consumidor y el profesional prestador y todas aquellas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

¿ Como reclamo?


• Si cumplo los requisitos indicados (que mi préstamo tenga "cláusula sol", que éste sea nula y que yo, persona física, sea el (la) consumidor (-a) del préstamo) entonces puedo presentar reclamación previa al entidad de crédito.

• La entidad de crédito tiene el plazo de 3 meses para proponer un cálculo de la cantidad a devolver.

• Si acepto la propuesta de la empresa entonces se firma un acuerdo.

• Si yo no estoy de acuerdo con la propuesta de la entidad de crédito o yo no he recibido respuesta de la entidad de crédito entonces puedo reclamar ante el correspondiente juez de primera instancia de Girona.

El Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo (BOE 21 de Enero de 2017) indica cómo reclamar.

 

¿Por dónde empiezo?


Por el contenido del préstamo para ver si tiene "cláusula suelo".

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