Deducción del IVA en la compra de vehículos

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MARGISA ASESORES

MARGISA ASESORES

Abogado de Madrid especializado en Despidos

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Empresario que compra un vehículo. ¿Se puede deducir el IVA de la compra del vehículo? ¿Y el IVA de los gastos de gasolina, aparcamiento y autopistas?

 

Para poder deducir el IVA soportado en la compra de un vehículo, éste debe estar afecto a la actividad.

 

Sólo se permite la deducción del 100% del IVA en los siguientes casos:

- Vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.

- Vehículos mixtos utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros.

- Vehículos utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores.

- Vehículos utilizados por sus fabricantes en pruebas, ensayos o promociones.

- Vehículos utilizados en desplazamientos profesionales de agentes comerciales.

- Vehículos utilizados en servicios de vigilancia.

 

Para el resto de situaciones, de entrada sólo se puede deducir el 50% del IVA soportado. Excepto si se acredita un porcentaje superior de utilización empresarial, lo que se logra conservando documentos de gastos de estancia, de aparcamiento… de las visitas a los clientes.

En cuanto al IVA de los gastos de gasolina, aparcamiento y peajes de autopistas, hay que tener en cuenta que el 100% del IVA es deducible. En cambio, el IVA de los gastos de reparaciones del vehículo sólo es deducible en el porcentaje en que lo fue el IVA de la compra del vehículo.

 

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