El matrimonio canónico.
El matrimonio canónico se inicia a través de expediente matrimonial administrativo y se presenta en el despacho de la parroquia del domicilio del novio, de la novia o donde van a vivir. El matrimonio canónico tiene efectos civiles.
El matrimonio goza del favor del derecho. Antes de admitir a la pareja a la celebración canónica del matrimonio, debe comprobarse que nada se opone a la validez ni a la licitud de dicho matrimonio. Se realizan esas investigaciones previas mediante la tramitación de un expediente matrimonial cuyos documentos necesariamente son los siguientes:
Partidas de bautismo legalizadas.
Partidas de nacimiento expedidas por el Registro Civl.
Certificado del estado de libertad civil o sentencia canónica de nulidad o sentencia civil de divorcio.
Certificado de cursillo prematrimonial.
El examen de los contrayentes por separado.
Dos testigos.
DNI de los contrayentes y de los testigos.
La intervención de Abogado para conformar el expediente garantiza la eficacia y el menor tiempo en la preparación.
Pedir más información sin compromiso