Impugnar un acuerdo de la Comunidad

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Masor Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Procesal Civil

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A pesar de ser que la Ley de Propiedad Horizontal es aparentemente sencilla, su interpretación práctica genera un gran conflictividad. Si eres disidente tu única opción legal es IMPUGNAR, pero debes saber:

Para impuugnar un acuerdo hay que interponer demanda de juicio ordinario, un pleito casi siempre desproporcionado y de alto riesgo en costes si algo sale mal.

Consejos:

- Litigar unido a otros disidentes para repartir el desgaste social y el coste.

- Elegir letrado experto en la materia.

- Estar al corriente de pago, aunque se discrepe; es un requisito de procedimiento. Hay excepciones, pero no debemos dar opción al Juzgador a que archive el pleito sin enjuiciar el fondo por esta falta. 

- Cuidado con los plazos para la demanda, son muy cortos, tres meses o un año, según qué casos. Nuevamente, sujeto a interpretaciones, mejor instar en el plazo corto.

- Oponerse expresamente al acuerdo. La abstención o el silencio en según qué casos impide la acción judicial.

- Forzar al administrador a explicar a los vecinos del coste de la defensa de un pleito de impugnación y a expresar o consultar opinión legal sobre nuestra reclamación. También para la Comunidad hay riesgos importantes y los propietarios no querrán un pleito si tenemos razón.

- Atacar defectos de forma, sin más, carece de sentido, sobre todo cuando pueden ser subsanados fácilmente en juntas sucesivas. Se pueden aprovechar los errores de la Comunidad para reforzar una impugnación, pero la base del pleito tiene que ser de fondo. Por ejemplo, no impugnemos una junta sólo por que no refleje los coeficientes de los votantes, sino porque la manipulación del cómputo decante una votación en un sentido o en otro.

 

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