la importancia de la intervención del abogado en el proceso judicial

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AP ABOGADOS

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Abogado de Porto do Son

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cuestiones básicas para saber cuando es obligatoria la intervención del abogado en los diferentes procesos judiciales.

  • EXISTE desinformación sobre este tema.
  • Indebido asesoramiento por parte de funcionarios de los juzgados y otros organismos públicos.
  • ¿ cuándo es obligatorio la intervención del abogado?

a)      PROCESO CIVIL -->SIEMPRE--> EXCEPCIONES:

1. juicio verbal por razón de la cuantía, por cuantía inf. a 2000€.

2. petición inicial de procedimiento monitorio.

3. escritos sobre adopción de medidas vigentes con anterioridad al Juicio, o la suspensión de vistas y actuaciones.

 

b)      PROC. PENAL --> la presencia del abogado es obligatoria durante la tramitación de todo el procedimiento  judicial --> SALVO EN LOS DELITOS LEVES (antiguas faltas: falta de amenazas, lesiones, etc.), pero igualmente es aconsejable.

c)      PROC. LABORAL --> NO OBLIGATORIO PERO SI IMPRESCINDIBLE.

d)      PROC. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO--> OBLIGATORIO.

 

En algunos casos, como hemos visto, no es obligatorio valerse de abogado para acudir a los tribunales. No obstante, aunque imprescindible, su intervención siempre resultará aconsejable, por dos razones fundamentales:

--> su intervención permite defender los intereses de las partes con unas mínimas garantías.

--> porque asuntos que pueden resultar aparentemente sencillos, pueden encerrar complejidades jurídicas q se escapan del conocimiento de cualquier persona no lega en derecho.

--> como consec. directa de lo anterior: la mejor defensa sólo puede garantizarla un abogado con la debida formación y competencia.

 

Por último, cabe destacar que en todo caso y, con independencia de la obligatoriedad o no de la asistencia de un abogado en un caso concreto, lo que hay q tener siempre en cuenta es que nuestros derechos están en juego.

Muchas veces la gente decide arriesgarse e ir al juicio sóla para ahorrarse la minuta del abogado; pero en todo caso hay que  recordar que, para evitar incurrir en dicho gasto cuando no se pueda hacer frente al mismo por indisponibilidad de rec. econ., se podría acudir al derecho de asistencia jurídica gratuita (siempre y cuando sea debidamente acreditado por su solicitante q éste reúne los requisitos necesarios para q se le atribuya este beneficio).

En consecuencia, mi consejo es que ante la duda, y una vez que vayamos a iniciar un procedimiento judicial (o incluso si ya nos encontramos inmersos en él), lo idóneo sería solicitar este derecho.

Una de las principales ventajas que tiene la concesión del beneficio de justicia gratuita es que, entre muchos otros, en caso de q la parte beneficiaria de este derecho sea condenada en COSTAS ( es decir, q se le obligue por stc condenatoria a pagar los gastos procesales q se le generaron a la otra parte durante el proceso judicial, tales como minutas de abogads, proc, peritos, etc.,,,), ésta podrá litigar sin riesgo alguno de tener q abonar dichas costas procesales. Pero existe una excepción y es q, si con posterioridad (concretamente en el plazo de 3 años a contar desde la terminación del procedimeinto) mejorase su situación econ, en ese caso, el q en su día fue beneficiario del derecho de asist. jca gratuita tendría q pagar esas costas de las q estuvo exento en su día.

 

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