Las injurias y el delito contra el honor

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Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

Abogado de Benicasim/Benicàssim

Una querella para empezar.

El delito de injurias, cuando se hace contra el bien jurído protegido del buen nombre e integridad del sujeto objeto de este injusto, da lugar a un delito contra el honor de los recogidos en los arts. 205 y ss. del Código Penal.

Un tipo agravado es el que se hace con publicidad de la acusación.

Para plantear la defensa se debe tener en cuenta que el hecho delictivo debe haberse planteado contra una persona física. Sólo cabe para ésta, no para las jurídicas. Sin embargo muchas veces está acompañado por una responsabilidad social de los Administradores de Empresa cuando el delito tiene por ámbito el laboral.

En cuanto a la responsabilidad atenuada por enjenación mental transitoria, quiero decir, la producida por estar en estado ebrio, no cabe como defensa del sujeto activo del delito. 

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