¿qué requisitos se exigen para que se autorice el trabajo a un ciudadano extranjero que no reside en españa?

Guía publicada por:

Lexdir

La contratación de extranjeros no comunitarios que no residen a España  conlleva la autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena. Salvo excepciones, se exige:

Que la situación nacional de empleo permita la contratación, lo que resultará acreditado si la ocupación está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura (que puede consultar en Internet: https://www.redtrabaja.es) o si el empleador acredita la dificultad de contratación para esa ocupación, mediante certificado del Servicio Público de Empleo.

Que el empresario esté inscrito en la Seguridad Social y al corriente con ésta y con la Agencia Tributaria; garantice una actividad continuada al trabajador; tenga medios económicos, materiales y personales para su proyecto, y su contrato de trabajo sea acorde con la normativa laboral vigente.

Que el  trabajador no esté en situación irregular en España, carezca de antecedentes penales y, en su caso, posea la titulación o calificación profesional exigida para ejercer la profesión en España.

Además de otros requisitos, que se presente un contrato de trabajo firmado por ambas partes.

Dicha autorización también puede obtenerse para trabajadores que quieren trabajar por cuenta propia , mediante la presentación de la correspondiente licencia de apertura o autorización de actividad y la acreditación de que se cuenta con la inversión económica suficiente, entre otros requisitos.

Sin embargo, existen peculiaridades y excepciones a este procedimiento . En algunos casos no se considera la situación nacional  de empleo; en otros existen excepciones de la obligación de obtener una autorización de trabajo.

También hay especialidades procedimentales: para trabajos de duración determinada o prestaciones transnacionales de servicios o trabajadores transfronterizos, entre otros (se desarrollan a continuación).