Reclamacion IRPH

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El Tribunal Europeo dicta Sentencia sobre IRPH

El Tribunal Europeo se ha pronunciado sobre la nulidad del IRPH, de modo que abre la vía para que los Tribunales Españoles puedan anular el tipo de interés IRPH de las hipotecas si se formalizaron de forma poco transparente o no negociada por los consumidores. El Tribunal Europeo considera que los Juzgados Españoles den ese caso por caso, valorando las circunstancias en las que se formalizó el crédito hipotecario.

La resolución del Tribunal pasa por acordar la nulidad con dos posibles efectos o consecuencias, que se elimine el tipo de interés por completo, la primera de ellas vendría orientada porque se establezca un tipo de interés 0 yse devuelvan al consumidor todas las cantidades pagadas desde el inicio de la hipoteca, lo cual supondría, no sólo recuperar la totalidad de los intereses pagados a la entidad bancaria más los intereses de demora, sino que además el tipo de interés aplicable a partir de la Sentencia sería cero, lo cual supondría una reducción considerable de la cuota.

La segunda posible resolución sería que se declarase la nulidad y la sustitución a EURIBOR, lo cual supondría también una devolución de las cantidades abonadas en concepto de intereses resultante de aplicar en lugar del IRPH el EURIBOR vigente durante la vida del préstamo, conseguir los intereses legales sobre dicha cantidad  y a partir de la Sentencia el EURIBOR más un diferencial de 0,25, lo cual también supondría, sin duda, un abaratamiento de las cuotas del préstamo, en claro beneficio para el consumidor.

Sea cual sea la resolución final, es claramente un buen momento para reclamar a la entidad bancaria la devolución del IRPH.

ROSA NIETO, ABOGADA titular del despacho NIETO-SANZ, especialistas en Derecho Bancario

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