Requisitos específicos de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social.
NUEVO REGLAMENTO VIGENTE. Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
Requisitos específicos de las autorizaciones de residencia temporal por
circunstancias excepcionales de arraigo social.
1. El Reglamento permite solicitar el arraigo social en dos supuestos:
a. Si se acredita la existencia de vínculos familiares. Se enfiende como familiar a tal
efecto: al cónyuge o pareja registrada y a los familiares en primer grado en línea
directa.
b. O, en el caso de que no se acrediten estos vínculos, mediante la aportación de
un informe que acredite el esfuerzo de integración.
2. En ambos supuestos, se deberá acreditar la existencia de medios económicos suficientes
para su mantenimiento y éstos deberán estar disponibles en España. Se entenderá
cumplido dicho requisito cuando se acredite poseer, al menos, el 100 % del IPREM en los
términos establecidos en el Anexo I. Los medios económicos se acreditarán en el
momento de la solicitud y se deben mantener durante toda la vigencia de la autorización.
En el primer supuesto, los medios económicos podrán provenir de alguno de los
familiares mencionados el apartado 1.a) que cuenten con residencia legal en España y
siempre que convivan.
3. En el supuesto de vínculos familiares, se deberán alcanzar, al menos, el 100 % del IPREM
para el mantenimiento del familiar que vaya a solicitar el arraigo. Por tanto, deberá
acreditarse 100% por el familiar con residencia legal, respecto al que se acredite el vínculo
y 100% para el solicitante del arraigo, en total un 200% del IPREM, con independencia de
los miembros que conformen la unidad de convivencia.
4. El cómputo de los ingresos, rentas o rendimientos de carácter periódico se llevará a cabo atendiendo a las reglas establecidas en el arfículo 67.1 previstas para la reagrupación familiar.
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