Si tengo custodia compartida ¿debo pagar pensión de alimentos a mi hijo?

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Bufete Ledesma y Tavero

Bufete Ledesma y Tavero

Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia

Aún existiendo custodia compartida puede pagarse pensión de alimentos.

      Dependerá de las circunstancias económicas que concurran en cada caso concreto.

      La custodia compartida no supone automáticamente la inexistencia de la pensión de alimentos. Existe la creencia errónea de que con la custodia compartida no hay que pagar pensión, pero lo cierto es que la custodia compartida no impide fijar una pensión a favor de los hijos cuando existe un desequilibrio importante entre los ingresos de los dos progenitores.

      Imaginemos que un progenitor gana 800€ al mes y el otro 3.000€ mensuales. La custodia compartida sin la pensión acarrearía un desequilibrio económico en la vida de los hijos, pues durante las estancias de los hijos con el progenitor con menos ingresos su estilo de vida sería más modesto; mientras que en las estancias con el progenitor con mayores ingresos su estilo de vida y recursos sería muy distinta. Por ello, se fija la pensión en favor del progenitor más necesitado a fin de mantener el equilibrio económico durante las estancias o visitas.

      Incluso si los cónyuges pactaron de mutuo acuerdo una custodia compartida y acordaron que no existiría pensión alimenticia porque cada progenitor prestaría los alimentos acogiendo al menor en su casa durante las estancias, incluso en estos casos, posteriormente puede fijarse una pensión en favor del progenitor más necesitado a fin de mantener el equilibrio. Para ello, el progenitor menos favorecido deberá acudir al llamado procedimiento de modificación de medidas.

      Ello es así, porque la libertad de pacto de los progenitores sobre materias que afectan al menor no es ilimitada; por lo que es posible que los padres acuerden una custodia compartida sin pensión, pero que el Fiscal y el Juez decidan, en beneficio del menor y con el fin de mantener el equilibrio antedicho, imponer a uno de los progenitores el pago de una pensión.

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