Adjudicación de 50%de una vivienda
Abogado daños y perjuicios Albacete LUIS JULIAN SEVILLA RUBIO
Abogado de Albacete especializado en Derecho Civil
Buenos días. Usted podría adquirir la otra mitad de la vivienda bien ejercitando el derecho de retracto que legalmente le corresponde, para lo que debería de actuar con mucha rapidez ya que es un derecho que se pierde a los nueve días desde que el adquirente de la otra mitad inscribe en el Registro de la Propiedad; o bien, si lo anterior no ha sido posible, instando la extinción de la nueva comunidad de propietarios formada por cualqueira de las vías que posibilitan este fin. Quedo a su disposicion si quiere profundizar en esta cuestión. Saludos
Buenos días:
Lo más correcto para su mejor asesoramiento es que nos facilite toda la documentación de la que disponga con el fin de dar viabilidad a su pretensión.
Un saludo,
Miren Almazán
Abogada y Criminóloga