¿Por qué la aseguradora no me paga la avería de mi automovil?

Parado en un paso de peatones con mi vehículo, me enviste un camión por detrás y en el mismo envite por inercia yo le doy al de delante; en fin un lío, latigazo cervical, portón del maletero destrozado y el frente de mi coche también. Al cabo del mes, la compañía del que me dio el porrazo acepta los daños (aunque sigo en rehabilitación), pero me dice que al ser estos superiores al valor del coche por la matrícula, solo me pueden dar un valor determinado, yo de momento no he aceptado.
¿Me podríais aconsejar sobre qué hacer? El coche es una lástima, está estupendo y al final me estoy viendo sin vehículo sin comerlo ni beberlo, me parece injusto.

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ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Mi consejo, no acepte nada y menos aún en los daños físicos a su persona y la de los acompañantes si los había hasta que no se lo diga así un abogado distinto al de su compañía de seguros. A usted no le costará nada pues seguramente en su póliza tenga derecho a la libre designación de abogado y ya él será el que defienda sus intereses frente a las aseguradoras.
En nuestro despacho estaremos encantados de atenderle y le conseguiremos la mayor indemnización posible, para eso contamos con gabinetes médicos especializados y de valoración del daño corporal para obligar a su seguro a pagarle todo lo que según ley le corresponda.
Estaremos encantados de atenderle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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La única manera eficaz de la que la cía aseguradora atienda el pago es mediante la factura de reparación...es decir que usted asuma el pago a priori de la reparación y luego reclamarla a la aseguradora.

Otra posibilidad es mediante presupuesto e informe del taller sobre las condiciones y características del vehículo, si bien, con esta posibilidad no tiene vd. plenas garantías de que la cía de seguros asuma el valor real de reparación. en este supuesto hay que acudir si o si a un Juicio y tampoco hay plenas garantías de que un juez le de completamente la razón

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Le recomiendo que no acepte. Usted tiene derecho a reclamar el importe al que hace referencia. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

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