Asociación - facturar sin iva

Muy buenas,

Represento a una asociación cultural de artes escénicas. Este año queremos presentarnos a muestras, certámenes y festivales de teatro amateur, sin embargo, cuando empezamos a mirar las bases, muchas coinciden en esto que piden: "Documento acreditativo de exención de IVA". Preguntamos en la Agencia Tributaria, e incluso a una abogada, y no están seguros de qué documento se trata específicamente (nos hablaron de dos posibilidades, pero sin extenderse), e incluso nos sugirieron que consultásemos a los certámenes directamente. Nosotros hemos visto que, según el artículo 20.Uno.14º de la Ley 37/1992 del IVA, las representaciones teatrales están exentas de este impuesto.

Tenemos, por tanto, las siguientes preguntas:
1. ¿Cuál es ese documento acreditativo y qué se necesita para conseguirlo?
2. ¿Podríamos hacer una factura aclarando la exención del IVA si es una representación teatral sin que requiera pedir el documento anterior? ¿Habría luego que informar a la Agencia Tributaria de ello o no es necesario por nuestra parte?

Gracias de antemano,

Daniel

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Contestado

A ver, yo he sido funcionario interino, y he tratado con asociaciones como funcionario que me tenían que pasar documentos y a veces simplemente no entendían bien que tenían que presentar y nos llamaban y se lo explicábamos. Yo empezaría por llamar al organismo que tramita esos certámenes y que te lo aclare, o en su defecto, mandarles un email.

Es cierto que estoy de acuerdo con los abogados que consultasteis, no deja muy claro el organismo a que se refiere con "Documento acreditativo de exención de IVA", de ahí que empezaría por preguntarles.

Yo no haría factura porque es un certamen, un concurso, no un servicio prestado mediante licitación previa.

Se me está ocurriendo, por mis experiencias de interino con asociaciones, que puede el secretario de la asociación dar fe de que cumplís ese requisito de exención emitiendo vuestro propio secretario un certificado.

Otra opción es presentar una declaración responsable, documento que se presenta con habitualidad a las administraciones públicas, aunque a efectos prácticos es lo mismo que el certificado que os comento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado