Asociación - facturar sin iva
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Abogado de Madrid especializado en Derecho Nuevas Tecnologías
A ver, yo he sido funcionario interino, y he tratado con asociaciones como funcionario que me tenían que pasar documentos y a veces simplemente no entendían bien que tenían que presentar y nos llamaban y se lo explicábamos. Yo empezaría por llamar al organismo que tramita esos certámenes y que te lo aclare, o en su defecto, mandarles un email.
Es cierto que estoy de acuerdo con los abogados que consultasteis, no deja muy claro el organismo a que se refiere con "Documento acreditativo de exención de IVA", de ahí que empezaría por preguntarles.
Yo no haría factura porque es un certamen, un concurso, no un servicio prestado mediante licitación previa.
Se me está ocurriendo, por mis experiencias de interino con asociaciones, que puede el secretario de la asociación dar fe de que cumplís ese requisito de exención emitiendo vuestro propio secretario un certificado.
Otra opción es presentar una declaración responsable, documento que se presenta con habitualidad a las administraciones públicas, aunque a efectos prácticos es lo mismo que el certificado que os comento.