Baja de un trabajador

Tengo una empresa de alimentación inscrita en el Régimen General de la Seguridad Social. El caso es que olvidé cursar la baja de un trabajador, dejando de cotizar desde la fecha en que dejó de prestar los servicios. Después, el mismo trabajador se dio de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. ¿Hasta qué fecha debe cotizar mi empresa para ese trabajador?

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Abogado Granada - SILVIA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

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Contestado

Buenos días, su empresa debe dar de baja al trabajador que dejó de prestar servicios, dicha baja será fuera de plazo y usted debe de indicar la fecha en que tendrá efectos la baja, osea el día en que dejo de prestar servicios en su empresa, es importante que usted pueda acreditar si fuera necesario que a partir de la fecha que usted indique no trabajaba en la empresa, ya sea por despido o por la causa que sea.

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