Cambiar orden apellidos a mi hijo
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
Dado que en principio, los progenitores pueden alterar el orden de los apellidos, no entiendo que haya inconveniente en hacerlo si ambos están conformes y realizan una instancia en el Registro Civil, adjuntando la documentación que acredita que el orden de apellidos de primero el de la madre y después el del padre ya se había utilizado con anterioridad a la inscripción.
Un saludo
Advocat Divorci Vilafranca Sara Rius
Abogado de Vilafranca del Penedès especializado en Derecho de Familia
Apreciado/a,
Lamentablemente el cambio de orden de los apellidos del hijo debe hacerse en el momento de la inscripción en el registro civil.
Podría intentarse por medio de un expediente gubernativo pero si no fue por error del registrador no prosperará.
Cuando el hijo cumpla 18 años podrá él instar el cambio.
Saludos cordiales.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Pueden dirigir esa petición al Registro Civil que les corresponda, y si los dos progenitores están de acuerdo no tendrían por qué tener problemas. Un saludo de Patón Abogados,
Sí, por supuesto, por medio de una sencilla instancia acreditando el error cometido, no supone problema alguno
Ignacio Tomás
Abogado