Casa sin herederos y en ruinas
La situación que describes puede ser compleja, pero hay opciones para gestionar el estado de la vivienda en mal estado y, eventualmente, intentar adquirirla. Al tratarse de una propiedad cuyo dueño ha fallecido sin herederos conocidos, pueden darse varios escenarios.
Primero, cuando una persona fallece sin herederos legales ni testamentarios, sus bienes, incluida la vivienda, pasan al Estado (en este caso, a la Comunidad Autónoma correspondiente, que actúa como heredero abintestato). Esto significa que la administración pública se hace cargo de los bienes del fallecido, pero este proceso puede ser lento, y a menudo, las propiedades quedan desatendidas durante un tiempo, lo que parece ser el caso de esta vivienda.
Respecto a los daños estructurales y los riesgos que representa la vivienda para tu seguridad y la de otros vecinos, puedes solicitar al Ayuntamiento que actúe. Debes presentar una denuncia urbanística informando del estado de deterioro del inmueble y el peligro que supone. El Ayuntamiento puede emitir una orden de reparación o incluso declarar la vivienda en ruina si su estado lo justifica. En algunos casos, si no hay herederos que se hagan cargo, el Ayuntamiento puede asumir el control de la vivienda para evitar daños a terceros.
En cuanto a adquirir la vivienda, una vía que podrías explorar es la prescripción adquisitiva o usucapión. En España, si una persona ocupa una propiedad de forma pacífica, pública y continua durante un período de tiempo determinado (30 años en el caso de bienes inmuebles, o 20 años si se demuestra la buena fe), puede adquirir la propiedad legalmente. En este caso, tendrías que ocupar la vivienda y demostrar que has mantenido la posesión durante ese tiempo. Sin embargo, este es un proceso largo y no siempre fácil de probar.
Si lo que quieres es hacerte con la propiedad de la vivienda, lo primero que tendrás que hacer es comprobar su situación registral, acudir al Registro de la Propiedad correspondiente y pedir una nota simple para ver a nombre de quién se encontraba esa casa. Además de acudir al Ayuntamiento y saber a qué nombre se gira el recibo del IBI.
Después, tendrás que hacer una busqueda/investigación y aseverarte que esa persona realmente no tiene herederos legales posibles.
Una de las vías para poder adquirir la propiedad seria la usucapion, pero tienes que cumplir una serie de requisitos estrictos, por eso mi consejo, es que primer te asegures de que efectivamente no hay ningún heredero posible que te pueda reclamar.
Un saludo