Cédula habitabilidad
Un inmueble puede obtener la cédula de habitabilidad si reune los requisitos de habitabilidad y se acredita su uso como vivienda.
A partir de la entrada en vigor del decreto 141/2012, la cédula de habitabilidad es independiente de la situación urbanística o registral del inmueble.
Por lo tanto, no es necesario que el inmueble esté escriturado como vivienda para obtener la cédula de habitabilidad, si bien es necesario acreditar la antiguedad del uso como vivienda del inmueble.
Si una vivienda no cumple los requisitos de habitabilidad no puede obtener la cédula hasta que no se realicen las obras necesarias, si bien esto no impide que se pueda vender, mediante la aceptación de un certificado substitutorio especial por parte del comprador.
La obtención de la cédula de habitabilidad no implica que no sea necesario obtener una licencia de cambio de uso. Esta licencia es municipal y está condicionada al cumplimiento de la normativa urbanística.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe consultarlo en el ayuntamiento llevando la copia de su solicitud, en el departamento de urbanismo.Espero haber sido útil, saludos y felices fiestas.