Cláusula suelo reclamar

Buenas,
En respuesta a su consulta, la acción de nulidad ejercitada contra una cláusula suelo no tiene plazo de prescripción, incluso habiendo amortizado el préstamo hipotecario, por lo que puede plantear la reclamación cuando lo estime oportuno.
No obstante, es una práctica habitual de las entidades bancarias el acogerse al plazo de caducidad de la acción fijado en el Código Civil (4 años).
Por ello, le aconsejo que, con carácter previo a iniciar una eventual reclamación se asesore debidamente, permitiendo un estudio completo de la escritura de préstamo que nos ocupa, a fin de determinar la viabilidad del asunto, por lo que quedo a su disposición, si así lo desea.
Esperando haberle resultado de ayuda, reciba un atento saludo

Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
Abogado de Cádiz especializado en Derecho de Familia
El hecho de que este cancelado el préstamo no impide reclamar la nulidad de la cláusula. Eso sí, le aconsejo que no deje pasar mucho tiempo para hacerlo. Si lo necesita, puede contactar con nosotros y le asesoramos como hacerlo.