Comedor en custodia compartida

Buenas, tengo la custodia compartida de mi hija, sin manutención, el convenio explica que cada progenitor asumirá los gastos ordinarios de manutención cuando este en su compañía. También dice que el padre asumirá los gastos derivados de la asistencia de la hija al centro escolar, presentes y futuros, entre ellos el comedor escolar. Este año me he mudado a solo dos calles del colegio y la niña puede venir a comer a mi casa, junto con la hija de mi nueva pareja, con la que además comparte centro y clase. ¿Es obligatorio que la niña siga asistiendo al comedor escolar tanto en mi semana como en la de la madre? Si el alimento es un gasto ordinario y la niña puede comer en casa, estoy obligado a pagar el comedor si no es necesario?

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Contestado

Lo que usted plantea supone un cambio de las circunstancias a la hora de concretar las medidas respecto de la hija. Le recomiendo que lo hable con su expareja con el fin de solucionar el problema del comedor escolar o bien acuda a un abogado con el fin de solicitar la modificación de medidas respecto del divorcio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado