¿Cómo es el procedimiento para reclamar una deuda de comunidad?
Buenos días;
El plazo para reclamar las deudas de la Comunidad de Propietarios es el procedimiento monitorio regulado en la Ley de Propiedad Horizontal.
Para ello es necesario en primer lugar que se acuerde por la Comunidad proceder a reclamar judicialmente su deuda, posteriormente tendrán que enviarle una certificación de la deuda que mantiene al domicilio que tenga señalado a efectos de notificaciones de la Comunidad, y si en este domicilio no la recibe tendrán que notificárselo por medio del tablón de anuncios de la Comunidad o lugar establecido a tal efecto, indicando el motivo por el que se procede a la comunicación de ese modo.
En cuanto a su pregunta de si es posible demandar a la comunidad por ceder sus datos sin comunicárselo, por lo que cuenta, entiendo que no se cedieron, ya que la llamada que recibió fue de la administradora de la misma. No obstante sería necesario conocer bien el caso concreto.
Por otro lado, si la comunidad presenta la demanda de monitorio sin haber cumplido antes los requisitos que le mencioné, la demanda no será admitida por el Juzgado, y en caso de que lo fuera podrá oponerse a la misma.
Un saludo.