Cómo liquidar el iva

Soy un particular, trabajador por cuenta ajena. Hice un trabajo puntual para una segunda empresa con un contrato mercantil de 1 día. La empresa emitió una factura con Base imponible, IVA del 21% y retención del IRPF del 21%.

¿Cómo debo liquidar ese IVA con Hacienda?

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

Abogado de Olesa de Montserrat

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Debería pagar el iva correspondiente a la factura, pero tambien debería haber estado dado de alta en la Tesoreria. presente el modelo 303, pero se debe presentar obligatoriamente en el impreso que deberá bajarse de la Agencia Tributaria, ya que dichos impresos no se venden.
Estamos a su disposición para solucionarle su probrema y asesorarle en lo sucesivo.

Atte. Manuel Alonso email: penalistas@hotmail.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Debe presentar el modelo 303 dentro de los 20 primeros días del mes siguiente al del trimestre en que realizó el trabajo (es decir, abril, julio, octubre o enero).

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CMR Advocats

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Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho de Familia

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Si, pero debes darte de alta de actividad en Hacienda y liquidar ese iva que has percibido junto con la retención.

Saludos,

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