¿Cómo recurrir una multa por drogas?
Abogado Ronda - Bufete Herrera Abogados
Abogado de Ronda especializado en Derecho Civil General
Su conducta puede ser constitutiva de una infracción grave que se contempla en el artículo 36 apartado 16 de la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 4/2015) que está vigente desde el 1 de Julio de este año. Simplemente por tener en su poder tal sustancia en la vía pública.
La policía elevará su denuncia a la Subdelegación del Gobierno y esta le abrirá Expediente Sancionador que le remitirán a su domicilio por conducto de correo certificado para constancia de que la recibe.
Cuando le remitan y reciba la apertura de Expediente puede en 15 días reconocer su responsabilidad y pagar la sanción propuesta con reducción del 50% o bien hacer alegaciones en su defensa y remitirlas esperando que le envíen la Resolución Sancionadora.
La sanción por dicha infracción va de 601 a 30000 euros.
La ley de Seguridad Ciudadana prevé que la sanción pueda suspenderse si el sancionado accede a someterse tratamiento o rehabilitación pero eso solo está previsto para los MENORES DE EDAD, que no se si es su caso.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Ante lo que comenta y si no se le ha entregado la denuncia en el mismo momento, lo que tiene que hacer es esperar a que le llegue a su domicilio la notificación o el aviso de correos para recogerla si no está en casa. Luego podrá alegar o no en función de lo que considere a la vista de la sanción que se le pretende imponer y tendrá un plazo para ello que no se le tiene que pasar, ya que si se le pasa ya no podrá hacer nada. No obstante, si decide presentar alegaciones en su día le aconsejamos que hable siempre con un abogado para que sea un profesional quien presente el escrito.
Estimado cliente: Hasta que usted no reciba la multa por correo certificado no debe hacer nada. La posibilidad de alegar adicción existe pero también le advierto que debe probarlo. os.