¿Cómo recurro un juicio de faltas que perdí?
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En el juicio de faltas ha debido dictarse una sentencia, que le habrá sido notificada, y en ella imperativamente se le habrá dicho que puede recurrir en apelación, y se le ha tenido que indicar el plazo, 5 días, para recurrir, si en el respectivo plazo que se le ha comunicado no se recurre, la sentencia pasa a ser firme e inapelable. Le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en derecho penal para que analice la viabilidad de recurrir dicha sentencia, ya que dicho profesional a la vista de su contenido y las pruebas practicadas podrá indicarle si realmente si existe probabilidad de éxito en el recurso.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Puede recurrir si no han pasado 5 días hábiles (descontados sábados y festivos) desde que le han notificado la sentencia y lo puede hacer por sí mismo o por medio de abogado, ya que el abogado no es obligatorio. Otra cosa es la argumentación que puede utilizar y las posibilidades de que prospere un posible recurso, lo cual, evidentemente, depende del razonamiento que se haya seguido en la sentencia para absolver, por lo que antes de presentar nada, si todavía puede, debería hablar con un abogado para saber la opinión de un profesional y no perder el tiempo.
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
Buenos día,
La propia sentencia le especifica el plazo y el órgano ante el cual debe recurrir. En su caso, tratándose de un Juicio de Faltas, es recurrible ante la Audiencia Provincial en un plazo de CINCO DÍAS.
En cualquier caso, lo primero que debe hacer es acudir a un abogado y que le informe convenientemente.
Un saludo,
Coincido con el compañero. Puede presentar recurso de apelación en el plazo de 5 días hábiles desde que le hayan comunicado la sentencia.
Para este tipo de procedimientos no es obligatorio la presencia de abogado aunque es muy recomendable.
Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS
Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo
Coincido con los compañeros en el plazo para recurrir en cuanto al modo es necesario que nos aporte sentencia para estudiar los fundamentos y la prueba practicada que ha llevado a la absolución. Un saludo.