¿La compañía de aguas se puede desentender de pagar la instalación de una llave de registro?

Buenos días.

Somos una Comunidad de Propietarios que tiene que hacer mantenimiento de las tuberias que suministran agua al armario de contadores. El problema es que la compañía de aguas, dice que si queremos hacer obras, llamemos 3 días antes y cortarán el agua de la calle. Esto es así, ya que el bloque (que tiene más de 30 años) no tiene llave de registro. Parece ser que si queremos poner una llave de registro la compañía de aguas nos la cobra, no está obligada a ponerla. ¿Esto es legal?

Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Contestado

Lo tienen complicado, ya que desde hace 30 años están funcionando así, evidentemente la llave que se ponga en el interior, va a estar a su disposición, y será propiedad de la Comunidad, por eso le habrán dicho que tendrán que pagarla. No obstante, pueden consultar el asunto en la Oficina de Información al Consumidor de su Ayuntamiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

Contestado

Cada compañía tiene sus reglas. La lógica es que de contador para fuera, como es el caso, la instalación es responsabilidad de la compañía. Pero si la llave de registro no es obligatoria pueden hacerse el remolón. Yo les aconsejaría hacer una queja a la oficina de consumo del Ayuntamiento, es gratuito y a veces funciona.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
Contestado

Estimado cliente: Es complicado que su pretensión prospere, no obstante le recomiendo que antes de tomar una decisión consulten en su ayuntamiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado